El BCRA adoptó la siguiente resolución:

  • Pagos de utilidades y dividendos. Podrán girar divisas al exterior, a accionistas NO Residentes, sin la conformidad previa del BCRA, en la medida que se cumplan algunas condiciones.
  • SÍNTESIS NORMATIVAS: a los Suscriptores, podrán acceder a la interpretación y evacuación de sus consultas

Hubo adecuaciones al Texto Ordenado de las Normas sobre Exterior y Cambios, sobre:

  • Pagos de capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior
  • Pagos de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera y obligaciones en moneda extranjera entre residentes.
  • Pagos de endeudamiento en moneda extranjera de residentes por parte de fideicomisos constituidos en el país para garantizar la atención de los servicios.
  • Compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados
  • Compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para ser aplicados simultáneamente a la compra de inmuebles en el país con créditos hipotecarios.
  • Compra de moneda extranjera por parte de otros residentes –excluidas las entidades– para la formación de activos externos y por operaciones con derivados.
  • Otras compras de moneda extranjera por parte de residentes con aplicación específica.
  • Compra de moneda extranjera por parte de no residentes.
  • Régimen informativo de “Anticipo de operaciones cambiarias”

Comments are closed