El BCRA adoptó la siguiente resolución:
- Pagos de utilidades y dividendos. Podrán girar divisas al exterior, a accionistas NO Residentes, sin la conformidad previa del BCRA, en la medida que se cumplan algunas condiciones.
- SÍNTESIS NORMATIVAS: a los Suscriptores, podrán acceder a la interpretación y evacuación de sus consultas
Hubo adecuaciones al Texto Ordenado de las Normas sobre Exterior y Cambios, sobre:
- Pagos de capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior
- Pagos de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera y obligaciones en moneda extranjera entre residentes.
- Pagos de endeudamiento en moneda extranjera de residentes por parte de fideicomisos constituidos en el país para garantizar la atención de los servicios.
- Compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados
- Compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para ser aplicados simultáneamente a la compra de inmuebles en el país con créditos hipotecarios.
- Compra de moneda extranjera por parte de otros residentes –excluidas las entidades– para la formación de activos externos y por operaciones con derivados.
- Otras compras de moneda extranjera por parte de residentes con aplicación específica.
- Compra de moneda extranjera por parte de no residentes.
- Régimen informativo de “Anticipo de operaciones cambiarias”
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