Listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, que entrará en vigencia a partir del 02-ABR-2020 (Publicación en el Boletón Oficial), y son:
- Construcción provistos por corralones. Venta de insumos y materiales.
- Forestal y Minera. Actividades vinculadas con la producción y distribución
- Curtiembres y aserraderos comercialización y fábricas de productos de madera,
- Maquinaria vial, agrícola, y colchones: fábricas.
- COMERCIO EXTERIOR:
- Exportaciones de productos ya elaborados
- Importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Combustible Nuclear: Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización
- Mantenimiento y Fumigación.
- Mutuales y Cooperativas de Crédito
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
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