Listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, que entrará en vigencia a partir del 02-ABR-2020 (Publicación en el Boletón Oficial), y son:

  • Construcción provistos por corralones. Venta de insumos y materiales.
  • Forestal y Minera. Actividades vinculadas con la producción y distribución
  • Curtiembres y aserraderos comercialización y fábricas de productos de madera,
  • Maquinaria vial, agrícola, y colchones: fábricas.
  • COMERCIO EXTERIOR:
  • Exportaciones de productos ya elaborados
  • Importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  • Combustible Nuclear: Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización
  • Mantenimiento y Fumigación.
  • Mutuales y Cooperativas de Crédito
  •  Inscripción, identificación y documentación de personas.

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