Regulaciones Cambiarias del BCRA

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Buenos días.

Alguien conoce a algún agente intermediario en comercio exterior?

Buenos dias, a alguien le paso de tener SIRASE aprobada y luego te la anulen? Estaba por cerrar cambio y cuando el bco chequea en el validador dice que no esta aprobada, y el día anterior lo estaba.

Buen día, seguimos sin poder cursar pagos por el erroneo motivo 46, alguien pudo resolver esa inconsistencia?

Buenos días! Consulto si a alguno le pasó de no poder cursar un pago por el “motivo 46” de la CCUCE, y si pudieron resolverlo.
Envié MUELA al SITA hace más de 1 mes pero todavía el reclamo figura recibido, ningún avance. Recomiendan alguna otra vía de reclamo?
Saludos!

Buenos días!! Tenemos varias operaciones en la misma situación – AFIP responde que es un tema de Secretaría pero no hay respuesta ni solución. Los Bancos rechazan y no cierran cambio. Saludos!!

Com A 7771. Pago sin RIA Bienes de Capital.
Buen día, la comunicación dice en el final del párrafo “(…) y la entidad constató que a la declaración se le asignó un plazo de 0 (cero) días corridos” Santander nos dice que ellos vana verificar el plazo DEF de la SIRA para darnos el ok para pagar sin RIA, lo que me resulta ilógico ya que ese plazo se asigna una vez nacionalizado el BK.
Alguno tiene información de otro banco? que criterio utilizan?
Muchas gracias.

Buen día!! para pagar BK sin RIA el plazo inicial debe ser cero, sino hay que esperar al despacho y que den 0 definitivo para acceder al MULC. Saludos!!

Buenas tardes, consulto si alguno de ustedes sabe si al gestionar la Sirase es posible indicar que se pagara con divisa propia en el exterior sumado que a que el pago sería Intercompany. Desde ya gracias por el apoyo. Saludos

Buen día Alejandra!! Servicios pagados con fondos de libre disponibilidad en el exterior no requieren SIRASE. Saludos.-

Hola Natalia, gracias por tu respuesta. No hay que hacer ningun tipo de notificacion al Banco local sino solamente gestionarse el pago desde exterior? Si hay algún comunicado que puedas compartirme para poder justificarlo sería de gran utilidad. Mil gracias nuevamente

Hola Alejandra, se comunica únicamente en la 6401 si la deuda es entre trimestres. Saludos!!

Buenos días.
Presente la SIRASE APROBADA y el banco y AFIP nos informa el siguiente mensaje.
1) Le informamos que al validar la SIRASE en AFIP nos informa que la misma tiene inconsistencias: El monto en moneda original consignado en la solicitud no debe superar el monto en moneda original que surge de la SIRASE invocada.
No entendemos a que se refiere ya que el importe de la SIRASE en dolares es el mismo que la transferencia solicitada al banco.
Alguien sabe como resolver este tema de la inconsistencia,

Buenos días Elena, cuando fue cargada la SIRASE? anterior a Abril no toman nada… puede ser que den ese mensaje por dar un motivo de rechazo, aunque no sea ese. SIRASE funcional mal.

Buen día Elena,
Esto se debe a que como en la SIRASE declarás el monto en pesos y te lo transforma en dólares, si lo sacas en pesos justo al tipo de cambio de hoy y la SIRASE te sale aprobada varios días después, por la variación del tipo de cambio, ya no va a coincidir el monto en dólares con lo que realmente tenes que pagar, mi recomendación es siempre sacar la SIRASE por un 20% más de monto en pesos para que no te pase de nuevo ante la devaluación, la desventaja es que consumís mas CEF.

Buenos días! Alguien ya está operando o tiene info de cómo en relación a la COM A 7770 que permitirá pagar importaciones con los cobros de Exportaciones???? Gracias

Buenas tardes
Tengo una SIRA con posiciones arancelaria LA, y el despacho sobre la SIRA está hecho por un valor superior (13%), al momento de girar, el banco me puede objetar algo? Siendo que el sistema me autoriza a oficializar el
Despacho y siendo que se gira con despacho
Gracias
Luis

Buenos días!! Les han salido en estado Observada SIRASE con opción de pago USD propios? Cómo levantan la observación?

Buenos días!! Alguien sabe en la factura exigible para el pago en Yuanes que Moneda debe declararse? CNY, RMB o CNH? Muchas gracias!!

CNH

Muchas gracias!

Buenas tardes. Han tenido inconvenientes para pagar una exportación temporal? el pago por el trabajo realizado sobre el bien, comprende un servicio, no?

Si tienen algún tip para compartir, se los agradezco.

Saludos!

Otra consulta, alguien realizo operaciones en renminbi?

importamos algo de CHINA pero pagamos con USD

Buenos dias a todos.
Si tengo una SIRA aprobada con pago VISTA o ANTICIPADO y por el transcurso del tiempo al momento de realizar el pago ya contamos con el despacho. Es probable que nos rechacen el mismo por la condicion de pago declarada en la SIRA a pesar que la mercaderia ya se encuentra nacionalizada?

Hola buen una sucursal de una empresa extranjera de transporte quiere enviar los fondos de las ventas de pasajes en argentina hacia su casa matriz , me dicen los banco que es imposible porque requiere autorización previa del BCRA , ES ASI?

Gabriela, buenas tardes. En principio, sí, los pagos por servicios a Casas Matrices conllevan la previa conformidad del BCRA. De todos modos, hay algunas excepciones. Una de ellas establece la posibilidad de realizar éstos pagos cuando se trate de un agente local que recaude fondos que corresponden a servicios prestados por NO residentes a residentes. Habría que ver si su operatoria se enmarca claramente en esta opción y obviamente tendrá que aportar la documentación correspondiente a fin de poder demostrarlo.

Gracias consulta y a traves de donde debieramos gestionar esa autorizacion , y es viable que se autorice

Hola! Estoy revisando la COM A 7622 y veo que el plazo de pago de NMC que estén dentro de alguna de las excepciones es simplemente “anterior al indicado en la fecha de la SIRA”. Alguien sabe si puedo pagar vista contra doc de tte? Puede pagar apenas nacionalizo?? No me queda tan claro

Buen día, alguien tiene empresa importadora representante de marca? Necesito data de regulaciones. Gracias

OJO. que sin previo aviso algunos bancos “han suspendido” los PAGOS POR COURRIER.
Veriquen…!!!

consulta B05 (pago anticipado) courier alguien pudo cursar? Hay quien dijo que pudo. Quise por el Galicia hace un tiempo y lo anularon por lo siguiente: “De acuerdo a la Com A 7622 los pagos anticipados que presenten excepción por Régimen Courier, actualmente quedan suspendidos dado que no es posible convalidarlos en la CCUCE implementada por AFIP.” El tema es que en CCUCE se puede cargar manualmente pero todo depende el banco.

también el HSBC, ha suspendido «momentáneamente» los pagos al exterior por courrier.

buenas tardes. Tengo dos anticipos de importacion que el banco no libera porque dice que estan vencidas las simi. Como vencieron las SIMI originales tuvimos que sacar dos nuevas para poder retirar la mercaderia . Me hicieron presentar una nota explictiva que segun ellos elevaron al BCRA y todavia no reciben respuesta. Ya hace mas de 180 dias que retiramos la mercaderia de puerto. Si alguien tiene un caso parecido le agradecere me informen. muchas gracias

Entiendo que hiciste 2 Pagos Anticipados de IMPO, donde deduzco que fueron por el 100% del despacho a plaza por el cual retiraste la mercadería hace 180 días del Puerto.
Por ende, estás en el SEPAIMPO y el banco no te lo da como regularizado.
De ser así, el Banco nominado, debe darte por regularizado que efectuaste y sacarte del SEPAIMPO.
Caso contrario, debería fundamentarte bajo que Regulación Normativas, no lo hacer y encima ¿te hacen presentar una nota al BCRA?
Yo insistiría, que te lo fundamente, si puede ser por mail, mejor.

muchas gracias ya mismo hago el reclamo

Buenos días, si la SIMI con la que sacaste el anticipo es la misma que figura en el despacho, te tienen que dar por cumplido el anticipo… y lo que se venció es el saldo que le quedó a la SIMI, que de todas formas ya no podría ser utilizado. A lo sumo, pueden necesitar una nota adicional a la documentación aclarando esto. Saludos!

Sin servicio MOA-Reingeniería
Alguien sabe como revisar si está aprobada una SIRA?

Solo con el despa. Sino, esperar

Buenas tardes!
Necesitamos que se incorpore una NCM al listado previsto en el punto 10.14.5 de las normas de Exterior y Cambios BCRA, relativo a los bienes para la salud.
Alguien pasó por esta experiencia y sabe por dónde se debe canalizar la solicitud?
Saludos!

Buenas tardes. Entenderíamos que en primera instancia habría que consultar con la Secretaria de Comercio. Saludos

Hola, buenas tardes
les hago una consulta, la empresa para la que trabajo esta evaluando la compra de una nueva planta, entiendo que esto seria BK, el problema es que el pago exige que sea 100% anticipado, viendo las excepciones en las cuales podríamos encuadrarnos, a mi entender la única seria la de utilizar nuestros cobros anticipados de exportación, pero esto te permite girar hasta el 30% por el código, B12, es correcto?
ahora podría utilizar esto y luego encuadrarme dentro del punto 8.6 y girar por B20, por ejemplo?

En principio, para tener la seguridad que son BK tendrían que verificar que los elementos que van a importar, se correspondan a las partidas arancelarias que están clasificadas como BK dentro de la nomenclatura común del Mercosur según Decreto 690/02.

Hola a todos, hace 10 dias que ingresé 3 solicitudes por SIRASE (ex SIMPES) para el pago de un S13 como solia hacerlo, pero quedó en estado “Pendiente Secretaria de Comercio”. Llamé a AFIP para consultar y me dijeron que de su parte estaba aprobada, pero que debia ahora esperar aprobación de Secretaria de Comercio, y me dieron un 0800 al cual consultar. Estuve mas de 1 hora esperando me atiendan hasta que se corta. Alguien tiene idea cuanto tarda la Secretaria el liberar la autorización o si hay que hacer algo adicional para liberar el tramite? La próxima semana cambia el mes, y ya veo que se va a anular automáticamente, y volvemos a estar en la misma.. Saludos

Buenas tardes, nosotros tenemos 9 SIRASE, algunas cargadas desde el 02/02 – nada aprobado este mes. Conceptos S13/S19. Saludos.-

Hola todos. Buen día. Les consulto funciona tomar prefi de expo para importar bienes de cambio? (fertilizantes)

PLAZOS MLC.
Les consulto si ustedes tienen alguna información del motivo o criterio con el cuál se asignan los plazos para el acceso al mercado libre de cambios.
Tenemos el caso donde un mismo material, de un mismo proveedor, recibió SIRAs a 180 días, luego a 30 y nuevamente 180.
Muchas gracias!

Buen día. En referencia a la consulta. Para el sistema “SMI”, sí, se determinaron plazos específicos para el ingreso al mercado de cambios, de acuerdo con tipos de mercaderías y/o posiciones arancelarias puntualmente determinadas. A partir de la vigencia del nuevo sistema “SIRA”, si bien hay algunas excepciones en los plazos de pago, entiendo que se debería tener en cuenta la Resolución de AFIP que dio origen a éste sistema.
En tal sentido en su Art.9 cita: “El importador deberá informar el plazo en días corridos entre el despacho oficializado y la fecha estimada de acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para la realización de pagos de las importaciones. La SECRETARÍA DE COMERCIO y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en el marco de sus respectivas competencias, evaluarán la información aportada por el importador e informarán el plazo entre el despacho oficializado y la fecha en la que se permitirá el acceso a dicho mercado”.
Cabría pensar, que a partir de allí se estaría dando la variación en los días que comenta.
Por otra parte, en ése mismo artículo se menciona que: “En el caso de importaciones que no requieran acceso al Mercado Libre de Cambios o que pretendan ser canceladas con moneda extranjera en tenencia propia, los importadores deberán informar dicha situación para que los Organismos competentes consideren la misma”. Saludos

Buenas tardes! El 16/02/2023, se publicó un Instructivo donde establecen los plazos segun el tamaño de la empresa: pequeña 60 dias, medianas 90 dias y grandes 180
días. Les dejo el Link: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2023/02/_instructivo_-_sira.pdf

Hola Buenas tardes.
Tenemos dos operaciones (B20 y B21) y el banco las rechaza indicando que corresponde pagar solo el 80% del total de la factura. En ambos casos el 100% de las facturas es BK.
Nuestra interpretacion del punto 8.6.2 de la COM A7622 es que el 80% se calcula sobre el total de los pagos por BK hasta el 24/06/22 y no sobre el total de la factura presentada. Es correcta nuestra interpretación? Gracias!

Hola Luciana. Trabajo en una empresa que hace importaciones de BK casi exclusivamente. El % se calcula sobre la SIRA que estás intentando pagar. O sea hasta el 80 % de la misma.

Sra. Sta. Luciana, buenas tardes. Lo que se tiene que considerar a partir de lo expuesto en el punto 8.6.2 de la Com A 7622, es que para realizar un pago a la vista o por deuda comercial sin registro de ingreso aduanero por BK , tal como es en su caso, es que al momento de solicitar el acceso al Mercado de cambios, se tiene que demostrar “que la sumatoria” de pagos anticipados realizados hasta el 24/06/2022, pagos a la vista, o deuda comercial sin reg, de ing. aduanero, eventualmente realizados hasta ése momento “no supera el 80%“ del monto total de los bienes que ahora se requieren importar.
En el caso de los pagos anticipados se toma como fecha límite a los realizados hasta el 24/06/2022, dado que mediante la Com A 7532 del 27/06/2022 se eliminó la posibilidad del pago anticipado para los BK, quedando restringida sólo para empresas del sector energético y bajo determinados porcentajes de pago.
Por lo tanto, seria de entender, que el porcentaje del 80% a ser aplicado, surgiría de comparar la sumatoria antes expuesta con el monto de los bienes a importar. Creo que es correcto su punto de vista.

Exacto. Si la Norma se refiriese al 80% de la operación que se pretende pagar, que sentido tendría considerar los pagos acumulados al 24/6/22?. El 3/2 sacamos un B20, ahora el mismo Banco lo rechaza con la observación expuesta por Luciana. Gracias por sus aclaraciones ARCADIA. Saludos.-

Hola Luciana. Es correcto, Pagas ahora el 80% como B20, y el saldo sale como B22 cuando se nacionalice la mercadería y presentan el despacho con el pago B22. Cualquier duda avisame. Sds

Muchas gracias a todos por sus comentarios y aclarciones.

Buen dia, Queria hacer una consulta. Los pagos anticipados no pueden venir por courrier no?

Luz, buenos días
hasta USD 50.000,00 por año calendario, podes hacer las IMPO

claro, este caso es un anticipo de 300 uds, que lo cursamos por el beneficio del anticipo de 50 mil usd. pero entre en la duda, si lo traigo por courrier si lo vamos a pdoer cerrar

Si, pero para cancelar esa SIRA que usaste en un pago anticipado, entiendo que vas a tener que oficializar un despacho para que te quede cerrado el SEPAIMPO, sino cuando quieras hacer otro pago anticipado te lo van a trabar.

Hola Luz, Si van por una excepción la cual se encuentra exenta de SIRA o SIMI (como lo es Courier) necesitan cursarlo una vez que cuenten con el registro de ingreso aduanero
Saludos

Buenas tardes, posteo este comentario por si hay alguna forma que desconozco. Los bancos no pueden cursar pagos anticipados por Courier. Solo pagos diferidos. Pero ponen una excepción de USD 50.000 al año, para el cual necesito una SIRA en estado de SALIDA, es decir, sumado a las bajas probabilidades de que salga aprobada, tengo que hacer un despacho convencional perdiendo el beneficio de un regimen simplificado como el courier por una caja de 600 USD (que es el repuesto de una maquina cuyo faltante puede frenar toda la produccion). El proveedor no admite otro medio de pago ni diferidos. Alguna idea?

Hola, buenas tardes, Probaste con el ICBC?. Este banco si estaba pagando por courrier. Saludos

Hola, no, probe con supervielle y provincia. Voy a consultar, gracias

HSBC tampoco, solo ICBC

Comparto un caso atípico
Mi banco no me saca del SEPAIMPO, cuanto tengo el Despacho en mi poder del 2022 con la mercadería pagada el 100% a mi proveedor del exterior, recibido y vendida en el mercado interno.
No debo nada con el exterior.
El motivo que me dice mi banco que la SIMI estaba vencida.

Si me dan alguna sugerencia, se los agradecería mucho.

Buen día estimado, deberías corroborar el estado de la SIMI al momento del pago, puede haber ocurrido que cuando cargaste la solicitud de pago la SIMI estaba vigente pero cuando se cerró cambio la SIMI ya estaba vencida. ¿A que banco estaba nominado el despacho?
Saludos,

Hola Fernanda. muchas gracias por tus comentarios.

la SIMI estaba vigente al momento de haber cerrado cambio del Pago Anticipo de importación por el 100%
Tengo el Despacho en mi poder, lo quiero presentar para que me saquen del SEPAIMPO, y me dicen que no me lo toman, por la SIMI está vencida.
Este inconveniente, me obliga a hacer la 6401 hasta que me afecten el despacho en el SEPAIMPO.
No debo nada a mi proveedor, la mercadería ya está ingresada.
No entiendo porque no me lo afectan.
Es más me indicaron que eleve una consulta al BCRA.

Estimado,
Cuando vos pagaste en un trimestre el anticipo, y el despacho cayó en otro trimestre es obligación presentar la 6401, no te van a sacar del SEPAIMO hasta que no realices este trámite. Del banco te deben estar informando mal, no importa si la SIMI está vencida siempre y cuando al momento de la nacionalización la misma haya estado vigente. Si me indicas el banco te puedo dar una mano sobre como proceder.
Saludos,

Buenas Tardes.
Me rechazan un pago de impo con fondos propios que tengo en dólares que tengo en mi banco suc mar del plata
¿Le ha pasado alguna vez?

buenas, tenés la sira aprobada detallando que son fondos propios?

Hola, hace casi un mes presenté SIRAs con opción “sin giro de divisas” para hacer la prueba y ver si las aprobaban. Aún no las aprobaron, lo cual no entiendo ya que no implicaría salida de USD al exterior. Alguien sabe qué herramienta adicional se puede accionar para la aprobación? Quizás el despachante a través del colegio de despachantes? Gracias!

Guido buen dia. Yo tengo SIRAs sin giro de divisas y no las aprueban. Tambien tire algunas para pagar con uds propios y tampoco tengo novedades. De todos los conocidos que tengo que se las estan aprobando son porque estan pagando. Slds

Hola Leo
Tenés fe

Perdón, se escapó la respuesta.

Tema Rechazo o Bloqueo de SIRA.
Si les sirve, estos serían los 24 ítems por el cual NO SALEN.
https://www.afip.gob.ar/sira/operatoria/controles-previos.asp
Principalmente por no tener PRECIOS de TRANSFERENCIA al día

Buenas Tardes, alguien ha utilizado la consulta Cuenta Corriente Unica del Comercio Exterior (CCUCE) en AFIP? Supuestamente sirve para validar pagos con SIMI A dependiendo del cupo BCRA disponible (que nadie sabe como se calcula para este año 2023). En definitiva, al realizar la consulta es necesario poner monto y numero de SIMI, pero tira un error diciendo que la SIMI no esta en estado SALIDA. Obviamente que no lo está dado que ya paso a estado CANCELADA por haber sido usada en el despacho…. Como consultan su saldo disponible BCRA (también llamado “semaforo verde”?? GRACIAS!!

La Cuenta Corriente Única del Comercio Exterior (CCUCE),
https://www.afip.gob.ar/sirase/cuenta-corriente-unica-de-comercio-exterior/cuenta-corriente-unica-comercio-exterior.asp
OJO solo tiene acceso los Bancos con AFIP, una vez que cerras cambio.

Es correcto.
Hable con el Corredor de Cambio INFOCOMEX y le comenté lo mismo la semana pasada.
Te das cuenta que pasó el último filtro de AFIP, pos cierre de cambio, cuando el Banco te manda el mensaje SWITF, que salió los fondos a tu proveedor.

Hola Hernan, utilicé la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior, como Ordenante de pago. Se ve que sólo sirve para validar operaciones por ejemplo, concepto B05, en mi consulta que se trataba de un pago anticipado según Punto 1.4 de Comunicación A 7622, me salió “Sin inconsistencias”. Pero cuando probe para un pago diferido tira el error. Deberiamos poder ingresar el despacho, en esos casos.

Buenas Tardes
Les confirmo que están frenan las SIRA por falta de presentación de Operaciones Internacionales y/o Precios de Transferencia
Nosotros nos pusimos al día con esto y vamos internar nuevamente el LUNES

Buen dia, consulta. Para sociedades, la ddjj COM. A 7327, cuando se indica un controlante, y luego hay que referir si “se ha entregado moneda local y/u otros activos líquidos a las personas de la nómina en los últimos 90 días, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.16.3.4 del T.O.”
Esto contempla el sueldo por ejemplo del director? Que es tambien controlante..

El sueldo del director no aplica.

Buen día
Les comento que el Banco Ciudad me permitió girar B05 con una SIRA diferida utilizando la excepción de los u$50.000 al año

Buenos Días HC
Excelente dato,
El tema es ver si este cupo, es renovable.
La norma dice que es por año calendario, pero off the record dicen que es renovable.

Sería un golazo, pero como se renueva, tenes alguna pista?

BCRA, sacó al Comunicación A 7686 CAMEX 952 del 02-FEB

EXCEPCIÓN PAGO ANTICIPADO USD 50.000 Com 7629.
Estimados, saben si esta excepción funciona como un cupo? o sea, si al regularizar el anticipo ese dinero vuelve a estar disponible para pagar anticipadamente.

Muchas gracias!

lo que puedo entender, que no es renovable y no es un cupo.
honestamente, es a pruebe y error. El BCRA no es muy específico en la normativas.
Nosotros, presentaremos un Anticipo por 30.000,00 y después tiraremos otra por 30.000,00
Si nos rebotan, pediremos por USD 20.000,00 para ver que sucede

Luna2022, te agradecería si pudieras comentarme como resulta esa prueba.
Estoy totalmente de acuerdo con lo de prueba y error, el BCRA es especialista en crear “puntos grises”. Muchas gracias por tus comentarios.

si si…!! sería un gran aporte

a nosotros nos comentaron, que lo iban hacer renovable

Hola adrianramil. Si bien la normativa no parecería estrictamente específica en este tema, a mi entender, el monto sería utilizable por única vez. La clave entiendo que estaría en la aclaración que establece el artículo 1.4 de la Com. A7622, al mencionar que el monto está “diponible en cada año calendario”. En otras palabras, lo interpreto como un monto fijo y no renovable dentro del mismo año calendario. Sería óptimo contar con algún ejemplo pragmático de alguien del foro que haya intentado utilizar nuevamente ese monto, luego de haber nacionalizado las mercaderías pagadas mediante ese mecanismo.

No es un cupo, son u$50.000 al año calendario, según me dicen del Bco Ciudad ellos no tienen acceso a lo

que se gire por otro banco. No se si se hace una consulta al BCRA o uno se hará cargo de las consecuencias (que tampoco se cuales pueden ser)

Muchas gracias HC!
Santander acaba de confirmarme lo mismo que vos. Es solo 50.000 USD al año para pagos anticipados.
Saludos!!

Hola buenos tardes queria consultar para importar un bien de uso , debo obtener la siram la cual dura 90 para ingresar el bien y cuantos dias tengo que esperar para ingresar al mulc?

la SIRA la tenés que solicitar siempre antes de IMPORTAR.

Hola
El acceso al MULC, si bien podés pedir una fecha cuando hacés la SIRA, te la asignan cuando la aprueban.

MUY buena idea la de este foro.

Una sugerencia: sería de interés que el software del Foro permita crear “Temas” específicos. Por ejemplo: una consulta, en lugar de quedar en una página común, se abre con un título (como: “Pagos al Exterior por MULC para Servicios”). De esa forma, agrupamos los temas de interés y podemos ver si el tema que nos preocupa ya está desarrollado. Desde ya, muchas gracias.

esperemos que escuchen, la sugerencia.

hola. Les consulto si han podido hacer pagos al exterior por mulc para pagar servicios s21. (comisiones y otros servicios relacionados con el comercio). En nuestro caso desde oct 2022 no sale el sirase autorizado por afip. siempre queda la leyenda de “PENDIENTE SECRETARIA DE COMERCIO”,

Hola Alejandra. Lamentablemente a mí me pasa lo mismo. S21 IMPOSIBLE. Siempre me aparece la leyenda PENDIENTE SECRETARIA DE COMERCIO
Saludos

S21 imposible, lo que estoy haciendo yo es pagar desde afuera la comision de agente declarada en el permiso desde mi cuenta recaudadora e ingreso y cierro cambio por el remanente de lo cobrado

Hola Alejandra, solicite SIRASE para pago S13 y en una semana paso de “PENDIENTE SECRETARIA DE COMERCIO” a “anulada”. Estamos buscando la forma de cancelar ese compromiso de pago.

Hola Elizabeth, Esos casos pasa cuando termina el mes en la que se cargó la SIRASE, y al no autorizarla, se ANULA automáticamente. Sds

Gracias, lo volveré a intentar

Buenas tardes. Quería consultarles si alguno importó bajo el régimen TRP4, gracias

Buenas tardes.
me comentaron que hay un link para ver los Permisos de Embarque en el SECOEXPO
¿saben cual es?

Hola, buenas tardes. Si te referís al Seguimiento de Cobros de Exportaciones (SECOEXPO) – Certificaciones de cumplido recibidas por el BCRA, la página es: https://www.bcra.gob.ar/bcrayvos/exportaciones-bcra-certificados-cumplidos-secoexpo.asp
Cargás el CUIT de la empresa y el rango de fechas que te interesa consultar. Al pie de la página te da la opción de descargar en excel. Saludos

MUCHAS GRACIAS a SG COMEX y SG COMEX

Buenos días.
Soy Exportador, y tengo que ingresar los dólares.
¿saben si hay alguna penalidad, por no liquidar dentro los 5 días.?
Es lío buscarlo en la comunicaciones del BCRA

creo que no hay nada escrito.

siempre quedo en la nebulosa esa penalidad, ahora desde nov2019 como la 3493 anterior

PAGO ANTICIPADO
Si bien la mayoría de las SIRAs se hacen con pago diferido, las Pymes tenemos hasta u$50.000 anuales para hacer pago anticipado al embarque de la mercadería.
Mi pregunta al foro es saber si necesito para esto un SIRA que especifique pago anticipado o se puede usar el beneficio de girar anticipado con una SIRA de pago diferido.
Muchas gracias.

ante tirar otra SIRA, te sugiero consultar con tu Banco, porque cada banco puede tener una interpretación diferente.
Y sino te complico, decinos que te respondieron.

Si, el Santader no me permitió, aparentemente el Bco Cdad me permita, si la puedo hacer aviso.

HOLA HC.
aprovechá que el BCO CIUDAD, te lo permite.
Es evidente, que NO todos los Bancos, tienen el mismo discurso ante una misma consulta.

Hola! En nuestro caso a pesar de pedir pago anticipado, la SIRA tira cualquier fecha de acceso al mercado de cambio. El Banco nos hace firmar una declaración jurada donde indicamos que solicitamos acceso antes de la fecha de la SIRA estando dentro del límite de los USD 50.000 y con eso se nos ha autorizado el giro.
Saludos!

Gracias Julieta, que banco te permitió girar?

En este contexto, por medio de la Comunicación “A” 7629, de fecha 3 de noviembre de 2022, el BCRA dispuso que, adicionalmente a los casos previstos anteriormente, también podrán pagarse importaciones de bienes a través del Mercado de Cambios en los siguientes casos:
a) Cuando se trate de pagos anticipados, a la vista, o diferidos, y se encuadren dentro de un monto disponible anual de US$ 50.000 (i.e. sin necesidad de contar el plazo previsto en la declaración SIRA).
b) Antes del plazo previsto en la declaración SIRA correspondiente, en la medida que:
o Se trate de pagos diferidos de bienes que encuadren en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR establecidas en el punto 10.14.3 del Texto Ordenado (es decir las NCM que anteriormente eran elegibles para la SIMI Categoría C), y el importador presente:
– Una certificación de auditor externo que indique que, de concretarse la operación, las existencias en materias primas y de los bienes intermedios o finales elaborados con ellas no superarán los niveles necesarios para su actividad normal; y
– Una declaración que indique que, en caso de haber sido convocado a un acuerdo de precios por el Gobierno Nacional, ni el importador ni su grupo económico ha rechazado participar o ha incumplido lo acordado en tales acuerdos; y
o Se trate de pagos de importaciones de bienes realizados por (i) el sector público nacional; (ii) organizaciones empresariales en donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias; y (iii) fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional.

En cualquier caso, se deberán cumplir la totalidad de los requisitos que resulten aplicables según la operación que se trate.

Podes pagar aunque tengas SIRA de plazo diferido

Hola Mabel, el Santander no me permitió, en que banco se puede pagar anticipado aunque la SIRA sea diferida?

Hola, me presento. Tengo una PYME y mi principal actividad es la venta de equipos y servicios de Telecomunicaciones para empresas. El 80% de mis productos los importo y el resto lo compro localmente a empresas que también importan.
Hemos vivido épocas de trabas a las importaciones pero como esta no recuerdo.
Me parece buena la idea del foro ya que las regulaciones salen todos los días y la confusión es mayúscula.
Saludos a todos.

Hola. buenas tardes. Referido a la consulta de Luciana. Al menos por lo que tengo entendido, partimos de la base que la deuda financiera vigente fue ingresada y liquidada en el mercado de cambios, y obviamente declarada en la Com A 6401. A mi modo de ver, sería una cancelación de deuda, con la toma de nueva deuda, por lo que entendería no sería una refinanciación como tal de la deuda original (que ello tiene otros condimentos). Partiendo de la base que se originaría una nueva deuda, si nos ubicáramos para realizar la operación hoy día, habría que ver, en primer lugar, si es una deuda con una empresa vinculada o no. Si fuera vinculada, salvo que se cumplan determinados requisitos, hasta el 31/12/2023, la cancelación de la deuda conlleva la previa conformidad del BCRA. Caso contrario, de no ser una vinculada, la norma permite precancelar con una antelación no mayor a los tres días hábiles a la fecha de vto del capital y los ints. sin más condiciones. En el mismo caso, si ya fuera con una antelación mayor, requiere la conformidad del BCRA, excepto que se cumplan determinadas condiciones. Una de ellas, estimo que se encuadraría en tu caso, que la precancelación se realiza en forma simultánea con la liquidación de nuevo endeudamiento con el exterior, con una vida promedio mayor a la deuda que se precancela (aquí ya tendrías que ver el tema de la vida promedio, relacionado con la intención de cancelar el 100% en el 2024), que los vtos de capital del nuevo endeudamiento no deben superar el monto que hubiera de vtos de capital de la deuda cancelada. Lo expuesto, sin saber la fecha de vto de la deuda original, y cual seria la intención de la empresa para su cancelación. Bueno, espero que te haya sido de utilidad. Saludos.

Hola Buen día.
Muchas gracais por este espacio.
Les hago una consulta. Si tengo un vencimiento en 2023 de deuda financiera con el exterior (menor a USd 2 MM) y quiero solicitar un nuevo prestamo para cancelar esa deuda con vencimiento 2024. Puedo pagar el 100% del capital al vto?

modestamente estás refinanciando una deuda, pero al Vencimiento hay que ver que norma estará vigente

Correcto. Gracias!

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