Texto completo de la Resolución y su Anexo
Mediante la Res.Gral.AFIP 5135/22 se implementa, a partir del cual se analizará el cumplimiento de los deberes fiscales y la capacidad económica financiera del sujeto que pretenda realizar un pago al exterior por los servicios que le prestaron.
Importante: el BCRA dice que: “Todas las operaciones que no se ajuste a lo dispuesto en la normativa cambiaria, se encuentran alcanzados bajo el Régimen de la LEY PENAL CAMBIARIA, COM A 6770 CAMEX 805 del 01-SEPT-2019 Pto. 20. El espíritu de este punto es qué: BCRA descuenta que todos, conocen las Regulaciones Cambiarias vigentes a la fecha
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